Dinero oscuro de la minería

Transcribimos la versión completa (para la versión corta, ver link http://www.clarin.com/diario/2009/07/31/opinion/o-01968948.htm)

Hace unos días el geógrafo Carlos Reboratti publicó una nota de opinión criticando a aquellos sectores  académicos que hoy cuestionan que el Consejo Universitario Nacional haya aceptado fondos provenientes de la compañía minera Bajo La Alumbrera,  actualmente procesada por la Justicia Federal.
Sorprende la falta de información de Reboratti respecto del caso La Alumbrera, así como su lectura simplista y descalificadora respecto de las corrientes socio-ambientales que hoy se expresan en nuestro país. Así, el autor desconoce los objetivos de la ley 14771, que estipula la distribución de beneficios a las Universidades Nacionales. El espíritu de esa ley, sancionada bajo el gobierno de Frondizi, apuntaba al desarrollo científico nacional así como al control del Estado sobre los recursos naturales. Estemos de acuerdo o no con estas premisas, el caso es que el espíritu originario de la ley hoy ha sido completamente tergiversado, gracias a las “generosas” reformas de los `90 que inhiben al Estado nacional de disponer del subsuelo y favorecen de manera escandalosa, a través del nuevo marco regulatorio, un modelo de expropiación económica, en manos de grandes empresas transnacionales.
Asimismo, al hablar provocativamente de “ambientalismo ludista”, el autor parece ignorar que este tipo de minería utiliza tecnologías modernas más agresivas que las de antaño (dinamitación de montañas enteras, utilización de grandes cantidades de agua, procesos de lixiviación con sustancias químicas), que generan gravosos efectos socio-ambientales y colisionan directamente con las economías locales y las formas de vida de las comunidades involucradas. Para el caso de La Alumbrera, cuya explotación afecta a varias provincias (Catamarca, Santiago del Estero, Salta y Tucumán), son numerosas las denuncias existentes, una de las cuales condujo a su actual procesamiento por el “delito de contaminación peligrosa para la salud”.
En consecuencia, las Universidades públicas no pueden aceptar acríticamente estos fondos, desentendiéndose tanto del espíritu de la ley como del actual procesamiento judicial de La Alumbrera, que arrastra con todo un historial de violación de derechos humanos. Tampoco pueden ignorar las ingentes denuncias de las comunidades afectadas por la vertiginosa expansión del actual modelo minero en nuestro país, que subrayan el carácter  insostenible del mismo y que, a excepción del caso de Esquel (2003), ni siquiera han sido consultadas, tal como lo establece como posibilidad la Constitución argentina y lo exige la legislación internacional.
Hace tiempo que planteamos la necesidad de abrir la discusión –académica y pública- sobre el actual modelo minero. Pero no es con premisas seudodesarrollistas ni con capciosas acusaciones (de “visión principista”, “retrógrada”, “fatalista”) que podrá darse un verdadero debate sobre los modelos de desarrollo, sino a partir de la afirmación del rol ético, la independencia académica y la vocación hacia el bien público que, creemos, deben asumir hoy más que nunca las Universidades y la comunidad científica argentina. A menos que caigamos, como hace Reboratti en su artículo, en el desprecio de los derechos de nuestros conciudadanos o que invoquemos una visión pragmática, cuando no mercantilista del conocimiento.