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Hace unos dÃas el geógrafo Carlos Reboratti publicó una nota de opinión criticando a aquellos sectores académicos que hoy cuestionan que el Consejo Universitario Nacional haya aceptado fondos provenientes de la compañÃa minera Bajo La Alumbrera, actualmente procesada por la Justicia Federal.
Sorprende la falta de información de Reboratti respecto del caso La Alumbrera, asà como su lectura simplista y descalificadora respecto de las corrientes socio-ambientales que hoy se expresan en nuestro paÃs. AsÃ, el autor desconoce los objetivos de la ley 14771, que estipula la distribución de beneficios a las Universidades Nacionales. El espÃritu de esa ley, sancionada bajo el gobierno de Frondizi, apuntaba al desarrollo cientÃfico nacional asà como al control del Estado sobre los recursos naturales. Estemos de acuerdo o no con estas premisas, el caso es que el espÃritu originario de la ley hoy ha sido completamente tergiversado, gracias a las “generosas†reformas de los `90 que inhiben al Estado nacional de disponer del subsuelo y favorecen de manera escandalosa, a través del nuevo marco regulatorio, un modelo de expropiación económica, en manos de grandes empresas transnacionales.
Asimismo, al hablar provocativamente de “ambientalismo ludistaâ€, el autor parece ignorar que este tipo de minerÃa utiliza tecnologÃas modernas más agresivas que las de antaño (dinamitación de montañas enteras, utilización de grandes cantidades de agua, procesos de lixiviación con sustancias quÃmicas), que generan gravosos efectos socio-ambientales y colisionan directamente con las economÃas locales y las formas de vida de las comunidades involucradas. Para el caso de La Alumbrera, cuya explotación afecta a varias provincias (Catamarca, Santiago del Estero, Salta y Tucumán), son numerosas las denuncias existentes, una de las cuales condujo a su actual procesamiento por el “delito de contaminación peligrosa para la saludâ€.
En consecuencia, las Universidades públicas no pueden aceptar acrÃticamente estos fondos, desentendiéndose tanto del espÃritu de la ley como del actual procesamiento judicial de La Alumbrera, que arrastra con todo un historial de violación de derechos humanos. Tampoco pueden ignorar las ingentes denuncias de las comunidades afectadas por la vertiginosa expansión del actual modelo minero en nuestro paÃs, que subrayan el carácter insostenible del mismo y que, a excepción del caso de Esquel (2003), ni siquiera han sido consultadas, tal como lo establece como posibilidad la Constitución argentina y lo exige la legislación internacional.
Hace tiempo que planteamos la necesidad de abrir la discusión –académica y pública- sobre el actual modelo minero. Pero no es con premisas seudodesarrollistas ni con capciosas acusaciones (de “visión principistaâ€, “retrógradaâ€, “fatalistaâ€) que podrá darse un verdadero debate sobre los modelos de desarrollo, sino a partir de la afirmación del rol ético, la independencia académica y la vocación hacia el bien público que, creemos, deben asumir hoy más que nunca las Universidades y la comunidad cientÃfica argentina. A menos que caigamos, como hace Reboratti en su artÃculo, en el desprecio de los derechos de nuestros conciudadanos o que invoquemos una visión pragmática, cuando no mercantilista del conocimiento.